día 6: en el Registro Mercantil

Otra de las gestiones más urgentes y sencillas por las que debe comenzar un emprendedor que aspira a crear un empresa es la consulta al Registro Mercantil Central para comprobar si la denominación social que deseamos para nuestra empresa está disponible. Este trámite hay que hacerlo en el registro central, que está en Madrid, y no en los provinciales, ya que se trata de comprobar que ninguna otra sociedad tenga dicha denominación en ninguna parte de España.

Para los que vivan en Madrid yo recomiendo acercarse en persona a la calle Príncipe de Vergara 94 (esquina con María de Molina) ya que es más barato y más rápido. Para los que prefieran hacerlo por Internet está operativa la siguiente dirección donde puede tramitarse la consulta cargándose el importe en una tarjeta de crédito o bien abonándolo contrareembolso a la recepción del certificado (el importe oscila entre 13,94 y 20,87 euros según la opción escogida). También está disponible el teléfono 902 884 442 donde nos resolverán cualquier duda al respecto en horario administrativo.

El trámite en sí es tan sencillo, como indicar, por orden de preferencia, las tres denominaciones que más nos gusten para nuestra sociedad, teniendo en cuenta que nos reservarán la primera de las mismas que esté disponible. Un buen truco es añadir al principio o al final del nombre que queremos para nuestra empresa una palabra complementaria que luego podremos usar o no, según decidamos, en el nombre comercial que utilicemos en el futuro. En mi caso las tres denominaciones que he solicitado son:

1. AGORA NEWS S.L.

2. AGENCIA AGORA NEWS S.L.

3. AGORA NEWS COMUNICACION S.L.

Es de interés reseñar que en la página web del registro figura un decálogo de Consejos Prácticos que nos ahorrarán perder el tiempo y el dinero con denominaciones que no son aceptadas. Por ejemplo incluir un dominio al final de la denominación (.es, .com, etc.) no está permitido, como tampoco los nombres genéricos o los anagramas.

En cuatro días hábiles, es decir, el próximo lunes 14, podré pasarme de nuevo por el registro a recoger el resultado de mi consulta y saber cuál será la denominación jurídica definitiva de mi futura agencia.

 

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16 respuestas to “día 6: en el Registro Mercantil”

  1. Josep Says:

    Paralelamente yo reservaría el nombre de dominio (.es o .com, etc.) de forma que en el momento tengas claro cuál será tu denominación social también la tengas disponible en la web.

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  2. Eneko Knörr Says:

    El servicio de pago por tarjeta y recepción por mensajero funciona muy bien.
    Te adelanto que no te van a dar la primera denominación. Si les das a elegir una denominación «más distinta», esa es la que te dan, por mi experiencia.

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  3. nené Says:

    Por nuestra experiencia, también te recomiendo que vayas reservando el dominio porque… ¡vuelan!.

    En los pocos ratos libres que me deja la Actualidad y sus discursos-réplicas de investidura, me da por rastrear por la Red y, voilà encontré este blog que recomiendo para agregar a favoritos (si tienes explorer, porque en Mozzila no lo sé hacer).

    Es muy interesante que cuentes todo el arduo pero enriquecedor trabajo que conlleva hacerse ‘Emprendedor’… apunto para un futuro.

    Mucho ánimo y un besote para el nuevo equipo.

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  4. blamsa Says:

    Yo también me acabo de topar con este blog por casualidad y me he leído los 6 días del tirón. Entiéndase esto como un halago, ya que hoy en día la gente no aguanta mas de 2 lineas de lectura seguida. 😉

    Interesante y útil información la que nos cuentas.

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  5. Jesus Says:

    En vez de pagar usa google o einforma.com jeje

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  6. Jose Says:

    Perdona mi ignorancia. Se puede reservar el nombre que quieres para tu empresa y registrarla como tal más adelante?

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  7. Eneko Knörr Says:

    @Jose. Más que «se puede», «tienes que» reservar el nombre en el Registro Mercantil antes. Luego te dan un tiempo para constituir la empresa, y si te retrasas puedes pedir prórrogas.

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  8. Jose Says:

    Gracias Eneko. ¿Y cuánto tiempo tienes aproximadamente para constituir la empresa?

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  9. Sonia Says:

    En el documento que pones de imagen se le ve una mancha de café… Ten cuidado con estos detalles, por experiencia te digo que son importantes, pues es muy desagradable entregar un documento pringado.

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  10. jaimeestevez Says:

    Josep, Nené: gracias por el consejo acerca del dominio. Lo he tenido muy en cuenta. Y gracias también por vuestro interés.

    Eneko: efectivamente, me han comentado que el envío por mensajero previo pago por tarjeta de crédito va muy bien y tan sólo supone 6 euros más. En cuanto a la concesión de la denominación, ‘cruzo los dedos’ por que me den una de las tres solicitadas. Sería muy engorroso tener que inventarme nuevas variantes y posponer una semana más los nuevos trámites de constitución. Os mantendré informados.

    Blamsa: gracias por los halagos. Me ayudan a seguir escribiendo este blog con el máximo cariño e interés por los lectores.

    Jesús: Entiendo que la utilidad que propones para Google y eInforma es conocer si existe alguna empresa con la denominación que me interesa antes de solicitarla al registro. ¿sabes si en el caso de eInforma el servicio es gratuito?

    José, Eneko: me suena que la reserva de la denominación dura 6 meses. No obstante, lo confirmaré cuando vaya el lunes a recogerlo.

    Sonia: afortunadamente el resguardo de la foto sólo sirve para que me confirmen la reserva de la denominación. De todos modos, te reconozco la atención a los detalles. Efectivamente hice la foto mientras me tomaba un café a la salida del registro.

    Gracias a todos, espero leeros de nuevo por aquí.

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  11. Jorge González Says:

    Hola Jaime
    Una vez te otorgan una de las denominaciones que enviaste, te la reservan por 15 meses a contar desde la fecha de la otorgación.

    Eso si, la certificación que te envian por correo, tiene una vigencia de escritura de dos meses.
    Es decir: Tienes que escriturar la sociedad antes de dos meses, de lo contrario deberas pedir otra certificacion que durará otros dos meses hasta un periodo de 15, donde ya finalizara la reserva y deberas realizar la peticion inicial de nombres.

    Si ya estas en el registro, aprovecha y llegate hasta laültima planta(creo) y pide el modelo 600, papel necesario para hacer la autoliquidación y pagar el impuesto de transmisiones que es un 10% del capital social.
    Así te evitas otro paseo, pues una vez con el nombre ya puedes ir al notario a constituir la sociedad, pero luego hay que inscribirla en el registro y te pediran el pago del impuesto.

    Adelante, ya queda menos

    http://www.jorgegonzález.com

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  12. Emilio Says:

    Hola Jaime, en primer lugar muy buena idea, este blog seguro que ayuda a mucha gente, yo ahora mismo me encuentro en la misma situación que tú, para mi leer estos seis primeros días ha sido como ver mi propia vida. Yo ire esta semana a dar el alta a la SS, ya me han concedido la capitalización.

    Tengo una duda sobre este post.
    Según lo que tengo entendido la capitalización del paro es solo para desempleados que se formalicen como autonomos. sin embargo tu estás registrando una SL que sería una sociedad mercantil.

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  13. jaimeestevez Says:

    Hola Jorge, muchas gracias por los consejos y la información en torno al Registro Mercantil. Me será muy útil. Por cierto, tienes la primera URL que he visto activa con tilde incluida (aunque el wordpress no la respete) Enhorabuena!

    Hola Emilio, muchas gracias por tu comentario. Respecto a la pregunta que me haces: Efectivamente la modadidad de pago único que yo he solicitado es la de autónomo, independientemente de que posteriormente constituya una SL. Seré un autónomo que además tiene la mayoría de una SL. Y ya que estamos, yo tengo otra pregunta para ti: Me dijeron que el pago la capitalización no te la conceden hasta que no les entregues el primer recibo de haber pagado la cuota de autónomos a la SS. Sin embargo, cuentas en tu comentario que aún no te has dado de alta en la SS. ¿dónde está el truco?

    un saludo y gracias a ambos por leerme!

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  14. Emilio Says:

    Hola jaime, pues no hay ningún truco, cuando pides la prestacion por pago único entregas la documentación y la memoria, que puede ir o no con facturas proformas. La primera respuesta por carta del INEM será pidiendote esas facturas proformas. yo en mi caso les entregue 1 factura normal de mobiliario de oficina, otra normal de equipamiento informático y otra proforma de equipamiento informatico.

    La siguiente carta que recibi es la de la aprobacion del pago único y me lo ingresaron el día 10 (como el paro).
    En esta carta me decían que una vez cobrado el dinero tenia un mes para presentar:
    1. el alta en la SS
    2. Justificante de la inversion reliazada.

    Si me das tu mail te mando una copia de la carta.

    A mi lo que no me queda claro es si es legal o no formar una SL después de solicitar esto, como vas a hacer tú y si después el inem no te pide que le devuelvas el $.

    La verdad es que mi intención era ponerme como SL, pero no quería renuciar al pago único.

    Un saludo.

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  15. jaimeestevez Says:

    Hola Emilio,

    precisamente ayer me llamaron del Inem para decirme que ya puedo ir entregando las fotocopias del alta en Hacienda y en la Seguridad Social para que vayan tramitando el pago único y que más adelante tendré que entregar el recibo de haber pagado el primer mes de autónomos y las facturas correspondientes.

    Me viene de perlas la información que me das de que admiten facturas proforma para ingresarte la subvención. De ese modo no tengo que adelantar un dinero que, de hecho, aún no tengo.

    Respecto al tema de autónomo, mi intención es seguir operando como autónomo durante los próximos años, siendo mi futura empresa la que contratará mis servicios con carácter mercantil y no laboral. De ese modo queda subsanado el problema.

    Si me quieres mandar la carta que comentas, puedes hacerlo a jaimeruben@gmail.com

    Gracias por todo y un saludo!

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  16. día 40: acceder a las cuentas de tu empresa « jaime estévez Says:

    […] notario firmó las escrituras el pasado 20 de mayo, aunque no se inscribieron en el registro mercantil y, por tanto, yo no pude recogerlas, hasta el día […]

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